Corretaje de Propiedades enfocado en las Comunas de la Ciudad de Santiago y Región Metropolitana
El Alzamiento y Cancelación de Hipoteca y Prohibiciones en una Propiedad
Comprar una propiedad es una de las necesidades básicas para un ser humano, actualmente en este año 2022; con la crisis mundial, pandemia e inflación es muy difícil que la compra de una casa suceda sin recurrir al Crédito Hipotecario ofrecidos por Bancos u otras Entidades Financieras. Similar situación ocurre cuando necesitas financiamiento para cambiarte de casa, departamento, pagar las universidades de tus hijos ó si deseas invertir en un emprendimiento o nuevo negocio: usualmente debes Hipotecar la Propiedad a modo de garantía.
Cuando necesitas Vender tu Propiedad es muy recurrente que en El Certificado de Hipotecas y Gravámenes aparezcan dichas deudas contraídas con las entidades financieras. De existir habrán prohibiciones de enajenar a la hora de concretar la Compra y Venta, sumado a la posterior negativa de inscripción y escritura en el Conservador de Bienes Raíces.
Procedimientos y Trámites para Alzar la Hipoteca
Para Alzar la Propiedad Hipotecada: es fundamental que el Crédito Hipotecario o Deuda Contraída en Hipoteca se encuentre completamente pagada. La Hipoteca técnicamente se define como: Una caución que sirve para Garantizar el cumplimiento de una obligación principal como también dar garantía a todas las obligaciones que el deudor contraiga con las entidades para recibir el financiamiento, crédito ó prestamo.
Las principales acciones ó trámites que debemos realizar son:
Solicitar a la Entidad Financiera con la que contrajimos la deuda; la Escritura de Cancelación de Hipoteca. Dependiendo de las características de la Hipoteca; tendremos que realizar estos tramites, en Bancos, Cajas de Ahorro, Compensación, Aseguradoras y/o Cooperativas; posteriormente en Notarías, en otros casos directamente en el SERVIU, ó mediante Escritura Publica: Reforma Agraria, CORA, SAG.
- Hay situaciones puntuales donde las instituciones con el paso de los años han cedido o transferido estas deudas como sucede con la CORVI, hoy SERVIU y lo que sucede actualmente con el INP; sus Cajas de Previsión asociadas, hoy IPS.
Independiente de la situación y teniendo la Escritura de Cancelación de Deuda de la Hipoteca; es decir el respaldo documentativo o notarial que asocia el completo pago de la deuda; necesitamos obtener un Certificado de Hipotecas y Grava menes actualizado. Teniendo estos Certificados procedemos a realizar esta Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces que adicionalmente solicita: Escritura de Cancelación visada por Notaría, junto a la Escritura de Compra Venta de la Propiedad.
Estando las citadas condiciones en orden; lograremos el Levantamiento ó Alzamiento de la Hipoteca. Lo siguiente es sin duda conseguir un Corredor de Propiedades que mediante su gestión, transparencia y trabajo; concrete la venta de tu propiedad de forma rápida y segura.
Julio 28, 2012 at 2:23 pm
Quisiera darles las gracias , esta información, es muy clara, puntual y fácil de entender para los que no se manejan en el tema. Sigan realizando esta labor, ya que las buenas acciones, siempre nos traen compensaciones. Les deseo éxito y bendiciones para Uds.
Atte.
Patricia
Enero 14, 2013 at 6:55 pm
Patricia, me detengo y te agradezco tus parabienes; la función del este blog es principalmente ayudar a quiénes necesitan información; no todo es lucro y ya con tu agradecimiento estamos más que contentos.
Buen 2013.
Saludos.
Enero 19, 2013 at 7:19 pm
Hola, junto con saludarles les quisiera dar las gracias por la información que publican, ya que de todo lo que he buscado en la red, ha sido lo más claro.
Tengo una duda. Estoy vendiendo una casa que esta con hipotecario con BChile y la persona que esta comprando esta pagando el contado, cual sería la forma más sencilla y rápida de operar ya que en notaria me dicen una cosa, en los bancos me dicen otra cosa y la abogada me dice otra.
De ante mano, muchas gracias.
Enero 23, 2013 at 12:52 am
Rodrigo, en concreto sí estás con Deuda Hipotecaria, lo que debe decir Notaría, Banco y Abogados sería lo mismo: Es necesario Cancelar la Deuda aociada a tu Crédito Hipotecario, Alzar la Hipoteca en el Conservador de Bienes Raices.
Saludos Cordiales.
Verónica Aqueveque Varas
Marzo 17, 2013 at 2:24 am
Les agradezco por sus claras y detalladas informaciones. Llegue hasta aquí buscando aclarar algunas dudas por Internet y me quedó todo muy claro. Los animo a seguir con esto, ayudar siempre es además de gratificante, recompensado por algún lado el día de mañana.
Saludos
Junio 10, 2013 at 8:18 pm
Ustedes como corredores hacen todos los trámites???? si me compran la propiedad con crédito hipotecario, en qué momento se paga la deuda que tengo y se inscribe en el conservador???? , en el momento de la firma de la escritura??? , me confunde el proceso. Me gustaría una explicación paso a paso, del trabajo que hacen ustedes para tomar decisiones.
gracias
Junio 15, 2013 at 4:04 pm
Mary, te recomiendo utilizar nuestros teléfonos de contacto o formulario de contacto en la misma web. La presente sección corresponde a un blog de información. Saludos
Verónica Aqueveque Varas
Corredora de Propiedades
Junio 15, 2013 at 3:54 pm
Estimado Braulio, todo dependerá del tipo de alzamiento; no es lo mismo alzar un Hipoteca o Embargo, no es lo mismo hacerlo entre personas naturales y no es lo mismo integrando al acreedor ó utilizando una Carta de Resguardo. Lo primero es la Escritura de Cancelación de Deuda. Agradezco tu contacto, aunque entregas muy poca información.
Andrés Miranda Aqueveque