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Impuesto de Timbres y Estampillas

Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas en Chile

Impuesto de Timbres y Estampillas

El Decreto de Ley 3.475 en al Artículo Primero, establece que la Ley de Timbres y Estampillas: grava los créditos simples, documentados y todo otro documento que contenga una operación de crédito en dinero. En el caso de las Propiedades al adquirir o comprar una vivienda con crédito, hipotecario o mutuo de dinero; deberán asumir la carga de este impuesto.

Tasas y Porcentajes del Impuesto

Las Viviendas Sociales y Económicas se encuentran exentas del Impuesto de Timbres y Estampillas. Para Créditos Hipotecarios la Tasa de este impuesto considerabá como regla general y por Ley el 1.2% del monto en prestamo. Desde el 11 de Enero del 2001 este impuesto aumentó a un 1.4%

Para otro tipo de créditos, a la vista ó sin plazo de vencimiento la Tasa es de un 0.5% del valor o monto del crédito.

Recordemos que en el año 2009; desde el 1 de Enero al 30 de Junio del año 2010 se disminuyó de forma transitoria el Impuesto de Timbres y Estampillas, favoreciendo las operaciones de compra y venta inmobiliaria, mutuos hipotecarios, prestamos de dinero documentado, créditos, letras de cambio y pagarés, mediantes Bancos, ó instituciones financieras. Hoy la realidad es otra y la tasa del impuesto es del 1.4% por ciento
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